Las empresas pequeñas y medianas son las protagonistas del tejido empresarial español, sin embargo, no siempre se tiene en cuenta a la hora de elaborar las leyes, a diferencia de lo que sucede en otros países del entorno europeo. Esto lleva al grupo de expertos de los principales despachos y del ámbito de la Academia elegidos por el Instituto de Estudios Económicos (IEE) de CEOE a llamar a introducir excepciones en materia de contratación y despidos en función del tamaño de las compañías, así como a introducir cláusulas en el ámbito de la negociación colectiva para pymes.
Es una de las propuestas del informe presentado este lunes en el que el centro de estudios de la patronal ha abordado las necesidades organizativas y productivas de las empresas y qué respuestas encuentran en el ordenamiento jurídico. El análisis, dirigido por Federico Durán López, abogado de Garrigues, coordinado por Yolanda Valdeolivas García, of counsel de Pérez Llorca y firmado por Salvador del Rey, Jesús Lahera, Jesús R. Mercader e Iñigo Sagardoy propone “adaptar el marco general de la legislación laboral española a las características del tejido productivo” y “valorar la diferenciación por tamaño de la empresa de reglas laborales específicas, en materia de contratación laboral y despido”.
Esto, admiten, no está exento de riesgos pero existen precedentes tanto nacionales como en otros países del entorno europeo. El grupo hace referencia, por ejemplo, al contrato indefinido con periodo de prueba de un año en empresas de menos de 50 trabajadores que existía con carácter previo a la reforma laboral, “fue expresión clara de esta política dirigida a facilitar la contratación laboral en la pequeña empresa, con ventajas extintivas frente a la mediana y gran empresa” valoran. La duración del periodo de prueba también puede ser algo más extensa en las compañías de menos de 25 trabajadores, de tres meses, en lugar de los dos establecidos en general.
Si bien, se trata de casos puntuales, por lo que denuncian que “faltan mecanismos que atiendan a los mayores riesgos de la contratación laboral en las PYME”. Existen diferentes alternativas, pero el grupo plantea la opción de crear un tipo de contrato de trabajo para contratar trabajadores en estas empresas que recoja unas causas, duración o condiciones de extinción diferentes al regular. También aboga por crear o recuperar una excepción más amplia respecto al periodo de prueba para indefinidos.
Sus propuestas también abordan la regulación del despido, ya que argumentan que las empresas de menor tamaño afrontan más trabas, por ejemplo, para probar las causas de un despido disciplinario. “Conlleva un asesoramiento jurídico y económico del que suele carecer la PYME o ala que resulta particularmente costoso”. Esta vía tendría diferentes problemas desde el ámbito jurídico y político, por lo que apuestan porque sea la negociación colectiva el que tenga un papel relevante para identificar las causas de excepción y el régimen más laxo para estas compañías.
No obstante, la elevada presencia de estas compañías dificulta que se puedan poner en marcha algunas de estas políticas, precisamente por el alcance que tendrían, como reconocen los expertos en el citado informe. “Resulta más fácil su implantación en mercados laborales donde dominan las grandes empresas, como el caso de Alemania, porque el número de trabajadores excluidos por esta vía es relativamente escaso. Pero en España, el impacto de la exclusión sería mucho mayor, porque (…) el porcentaje de población laboral con un régimen laboral excepcional afectado sería muy superior y contaría con mayor oposición” argumentan.
En algunos de los países citados, el Estatuto de los Trabajadores no se aplica en compañías de menos de diez trabajadores y estas rigen sus relaciones laborales como acuerdos atados al Código Civil. Sin embargo, el grupo anima a meditar estas posibles opciones detenidamente y no “copiar y pegar” normativas extranjeras que responden a tejidos empresariales muy diferentes. Además, advierten de que sería necesario medir si estas excepciones pueden mermar el crecimiento empresarial, por poder tomar forma de incentivo para conservar el tamaño reducido que ya tuvieran. Lo que sería, a su juicio, un efecto indeseable ya que la meta es que puedan crecer.
FUENTE EL ECONOMISTA