La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha solicitado a la Fiscalía y al Defensor del Pueblo que actúen contra el último acuerdo-convenio para los funcionarios y personal laboral de la Comunidad de Madrid, al considerar que puede restringir el derecho a la protesta de los trabajadores públicos de la región.

Concretamente se trata del acuerdo de la Mesa Sectorial del Personal Funcionario de Administración y Servicios, relativa a las condiciones laborales del personal funcionario madrileño, aprobado el pasado 11 de diciembre y publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad (BOCM) el 23 de diciembre.

Según han explicado a Europa Press fuentes del Ministerio de Trabajo, el artículo 10 y la disposición adicional décima de este convenio “abren la puerta” a que en caso de que se convoquen huelgas, concentraciones o manifestaciones por parte de sindicatos firmantes, la administración pueda acordar la “suspensión de la implantación de la carrera profesional horizontal, incluida la interrupción de sus efectos retributivos” del personal a su servicio.

El Ministerio de Trabajo expresa en las cartas remitidas este viernes a ambas instituciones que una cláusula de esta naturaleza “castiga el ejercicio de derechos fundamentales” como los de reunión, manifestación o libertad de expresión, constituye un “atentado evidente” a los derechos fundamentales.

También critican las citadas fuentes que implica una “degradación de la participación democrática” de las personas trabajadoras “todavía más llamativa”, si cabe, al producirse en los convenios colectivos que rigen las relaciones laborales de los empleados públicos de una Comunidad Autónoma, en este caso la de Madrid.

Trabajo añade que se trata de una cláusula de paz que “desborda lo admisible” para este tipo de contenidos obligacionales, generando efectos más allá de las organizaciones firmantes y generando de forma “asombrosa consecuencias negativas” para las personas trabajadoras más allá de lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley Orgánica de libertad sindical.

El Ministerio señala que el convenio y el acuerdo pueden ser “impugnados” porque “conculcan” la legalidad constitucional vigente y “lesionan gravemente” el interés de terceros. De esta forma, Trabajo ha procedido a instar a la Fiscalía a que realice los trámites oportunos para la impugnación del convenio colectivo, así como las actuaciones penales que en su caso resultasen procedentes.

Trabajo recuerda que ha solicitado a la Fiscalía y al Defensor del Pueblo que actúen de oficio ya que son las instituciones competentes ante la inhibición de la Dirección General de Trabajo de la Comunidad de Madrid que ha publicado los textos.

Las claves del nuevo convenio

El Ejecutivo de Isabel Díaz Ayuso y los sindicatos llegaron el pasado 10 de noviembre a un acuerdo para la implantación del nuevo acuerdo-convenio para funcionarios y personal laboral a partir del próximo 1 de enero. El pacto tendrá una vigencia de cuatro años, es decir, hasta el 31 de diciembre de 2028 y beneficiará a un total de 40.000 empleados públicos.

Según adelantó la Comunidad de Madrid a elEconomista.es, la principal novedad del acuerdo-convenio es la inclusión de la carrera profesional para todos los trabajadores públicos destinados en el sector de administración y servicios, ya sean fijos o temporales.

Esta carrera será voluntaria y todos aquellos trabajadores que opten por este sistema podrán acumular méritos y ascender de nivel recibiendo una compensación económica adicional.

Para ello se tendrán en cuenta factores como la evaluación de su desempeño laboral, la formación que hayan impartido o recibido, su compromiso con el servicio público, la ocupación de puestos “particularmente exigentes” o el nivel de absentismo.

Se trata de la primera vez en la historia de la Administración autonómica que se ha diseñado un modelo “sistemático, general e integrado” para evaluar el desempeño de sus funcionarios. En palabras del Ejecutivo madrileño, este programa mejorará los servicios prestados a los ciudadanos y supondrá un salto cualitativo en la modernización del empleo público.

¿Cuánto se cobrará de más?

Con la implantación del reconocimiento de un nivel de carrera profesional horizontal, los funcionaros tendrán derecho a percibir un complemento económico adicional. Esta cuantía será igual para todo el personal del mismo grupo o subgrupo profesional, será anual, se abonará en 12 mensualidades y será incompatible con otros conceptos retributivos cuyo objeto sea también retribuir carrera profesional.

Esta cantidad será un porcentaje de la retribución básica anual de cada grupo o subgrupo de clasificación del personal funcionario y la misma cantidad se aplicará al personal laboral del grupo profesional equivalente. Así, en función de los niveles, los porcentajes quedarán distribuidos de la siguiente manera: Nivel 1, 10% de la retribución básica anual, nivel 2, 20% de la retribución básica anual, nivel 3, 30% de la retribución básica anual, nivel 4, 40% de la retribución básica anual y nivel 5, 50% de la retribución básica anual.

Otros cambios del acuerdo-convenio

El nuevo acuerdo-convenio 2025-2028 también regula aspectos como el teletrabajo, el régimen de permisos, la apuesta por la promoción interna, la agilización de los procesos selectivos y los nuevos modelos formativos, entre otras cuestiones.

En concreto, el nuevo texto incluye un mecanismo de suspensión en las bolsas de trabajo durante un periodo de 6 meses para los supuestos de nombramiento interino de personal funcionario o contratación temporal de personal laboral que acumulen 3 años con uno o sucesivos nombramientos o contratos, a efectos de no incumplir la Directiva Europea de Trabajo Temporal.

También se crea un nuevo sistema de concurso de traslados para el personal laboral, aplicable a partir de 2026 y, hasta entonces, seguirá rigiendo el mismo sistema. Al mismo tiempo, se comprometen 600 nuevas plazas para promoción interna para personal funcionario, que se deberán distribuir en cada Decreto de OEP.

Se regula además la jornada máxima, disfrute de vacaciones, horario de verano, permiso por asuntos particulares, etc., cuando se realiza la jornada en régimen de teletrabajo.

Y finalmente, se introduce la jubilación forzosa a los 70 años de edad para personal laboral, siempre que haya cotizado para tener derecho al 100% de la pensión de jubilación, al tiempo que se mantiene la regulación de la jubilación parcial hasta 2028.

FUENTE EL ECONOMISTA 

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