La Comisión de Protección Integral a Niñas, Niños y Adolescentes, en el marco del tratamiento del proyecto de Ley que reforma Varios Cuerpos de Ley, para el Registro de Defunción de Concebidos No Nacidos, recibió las observaciones del Registro Civil y ministerios de Trabajo (MDT) y de Salud.

María José Rentería, de la Coordinación Jurídica del Registro Civil, se ratificó en las observaciones remitidas en febrero pasado, las que en lo principal recuerdan que el tema materia de la reforma ya consta en varios artículos de la Ley Orgánica de Gestión de la Identidad y Datos Civiles, vigente desde 2016.

Rentería señaló que el artículo 10, numeral 16 del referido cuerpo legal hace referencia al registro de las “defunciones fetales”. Añadió que en el artículo 68 también consta que la inscripción y registro de defunción deberá hacerse dentro del plazo de 48 horas contados desde el momento de su fallecimiento o desde que se tuvo conocimiento del hecho.

Entre tanto, María Gabriela Pico Molina, subsecretaria de Normativa del MDT, observó la incorporación de un texto al artículo 152 del Código de Trabajo, a fin de que los padres del concebido no nacido tengan un duelo gestacional de siete días, precisando que este es un derecho irrenuncible. Pico precisó que esta propuesta “no encaja” con el texto vigente.

En el análisis, la presidenta de la comisión, Pierina Correa, recordó la sentencia constitucional del 11 de enero de 2023, respecto al goce del derecho de la licencia por maternidad, que también tiene relación con la recuperación física y psicológica.

En este contexto, otro tema motivo de observación fue el tiempo de licencia para la recuperación de la madre, tras el fallecimiento de un concebido no nacido. Vanessa del Pilar Cañas Torres, del ministerio de Salud, consideró que es necesario estandarizar este tiempo. Sin embargo, con relación a la salud mental precisó que el duelo no se supera en siete días, además depende de si es normal o patológico.

De su lado, Guadalupe Oña, de la misma cartera de Estado, resaltó que sí es posible reconocer un tiempo de recuperación de la madre, más no el duelo porque resulta difícil que su tiempo esté normado.

Tras las observaciones, la legisladora Pierina Correa anticipó que se continuará con la invitación a otros expertos a fin de profundizar en análisis de la iniciativa legal presentada por el asambleísta Carlos Vera Mora. (I)

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