En el marco del tratamiento de los proyectos de ley unificados para la reforma a la Ley Orgánica de Movilidad Humana, comparecieron ante la Comisión de Relaciones Internacionales María José Enríquez, directora de Servicios de Identificación y Cedulación; y, Víctor Oquendo, director de Patrocinio y Normativa, en calidad de delegados de la Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación.

Durante su intervención, Víctor Oquendo indicó que, tras el análisis de los siete proyectos presentados, el Registro Civil realizó una revisión técnica conforme a sus competencias, identificando observaciones relevantes para garantizar la coherencia normativa. Destacó que el texto propuesto presenta contradicciones, especialmente en lo referente a la “residencia temporal de excepción”, ya que se la reconoce como tal, pero a la vez se afirma que no constituye una calidad migratoria, lo cual resulta inconsistente con la definición legal vigente.

Por su parte, María José Enríquez expuso un análisis detallado del artículo 62 del proyecto, en el cual se propone que el Registro Civil otorgue documentos de identificación a personas privadas de libertad por más de cinco años, sin que ello implique una calidad migratoria temporal o permanente. En este contexto, aclaró que, de acuerdo con la normativa actual, la calidad migratoria temporal tiene una duración de dos años, con una posible extensión excepcional por dos años adicionales y que la autorización para este tipo de calidad corresponde exclusivamente al Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.

Enfatizó que el Registro Civil emite documentos de identificación únicamente sobre la base de una orden de cedulación emitida por el ente rector en materia migratoria. Por tanto, consideró que no se evidencia un valor agregado en incluir expresamente al Registro Civil en el texto legal, toda vez que ya existen procedimientos definidos para la identificación de personas en condiciones migratorias diversas.

Así mismo, sugirió que disposiciones de carácter operativo, como las relacionadas al rol del Registro Civil, deben ser definidas con precisión en el reglamento correspondiente, lo cual permitiría una adecuada coordinación interinstitucional entre entidades como el Ministerio de Inclusión Económica y Social, Ministerio de Relaciones Exteriores, Dirección General del Registro Civil, entre otras que forman parte del Sistema de Rehabilitación Social.

En conclusión, reiteró la disposición institucional para continuar brindando aportes técnicos al desarrollo de la normativa, con el objetivo de asegurar una implementación efectiva y respetuosa de los derechos de las personas privadas de libertad.

Finalmente, el presidente de la Comisión, Jonathan Parra, clausuró la sesión resaltando el compromiso del órgano legislativo con los derechos de los migrantes y de los ecuatorianos en situación de movilidad humana, afirmando que continuarán convocando a todas las autoridades pertinentes para enriquecer el debate hasta el último día de funciones de la actual Asamblea.

Fuente. Asamblea Nacional

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