Con la finalidad de regular, homologar y controlar el diseño, confección, distribución y uso de los uniformes de las instituciones de seguridad pública, prevenir su uso indebido mediante una estricta regulación de la venta y distribución, e implementar tecnologías de vigilancia, como cámaras corporales (bodycams), para reforzar la transparencia, seguridad y confianza ciudadana en los operativos, el asambleísta Ramiro Vela presentó el proyecto de Ley Orgánica para la Homologación de Uniformes y Tecnologías de Vigilancia en las Instituciones de Seguridad Pública.

El legislador explicó que su propuesta plantea temas legales que ataquen problemas que se viven en la actualidad. Uno de ellos, la mala utilización de uniformes de militares, policiales y de agentes de tránsito por personas inescrupulosas que se aprovechan de los uniformes para cometer delitos y en otros casos hasta crímenes. “Prácticamente se están convirtiendo en delincuentes, están dañando la reputación de las instituciones y el país está entrando a un caso” advirtió.

“Es un proyecto de Ley que determina claramente sanciones para quienes no pertenezcan a las Fuerzas Armadas y Policiales no autorizados”, señaló. También dijo que plantea reformar el Código Orgánico Integral Penal para que no sea contravención sino delito utilizar uniformes e insignias.

Según la propuesta, los uniformes de las instituciones de seguridad deberán cumplir con especificaciones: elementos distintivos como el escudo nacional, nombre de la institución y número de identificación del agente; usar colores oficiales aprobados mediante reglamento; ser diseñados para garantizar comodidad, resistencia y seguridad; e, incorporar soporte o adaptadores para el uso obligatorio de cámaras corporales en operativos.

Además, queda estrictamente prohibida la fabricación, venta o distribución de uniformes y equipos similares no autorizados.

La venta de uniformes oficiales estará limitada a proveedores certificados por el Ministerio del Interior y el Ministerio de Defensa; se implementará un sistema de registro y trazabilidad de los uniformes fabricados, con el objetivo de garantizar su distribución adecuada y prevenir su uso indebido. Las personas o entidades que infrinjan estas disposiciones serán sancionadas conforme a esta ley.

Es obligatorio que los miembros de la Policía Nacional, Fuerzas Armadas y agentes de tránsito utilicen cámaras corporales durante los operativos. Las cámaras deberán estar homologadas por el Ministerio del Interior, garantizando su calidad y función de registro continuo.

El registro audiovisual obtenido será almacenado y custodiado por un sistema centralizado bajo la supervisión del Ministerio del Interior y de los organismos correspondientes. Los agentes responsables de la manipulación indebida de los registros serán sancionados conforme a la normativa vigente.

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