Presidente Guillermo Lasso veta parcialmente el proyecto de ley de aborto en casos de violación y pide unificar el plazo máximo a 12 semanas

El presidente Guillermo Lasso comunicó este martes su decisión de vetar parcialmente el proyecto de ley de interrupción del embarazo en casos de violación aprobado por la Asamblea Nacional y que permitiría que las mujeres que resultaran embarazadas por una violación puedan abortar en un lapso de tiempo determinado.

La norma aprobada por la Asamblea Nacional estipula que el aborto por violación en el Ecuador podrá practicarse hasta las 12 semanas de gestación con excepción en las niñas, adolescentes y mujeres de la ruralidad e interculturalidad, puesto que para ellas el plazo se amplía hasta las 18 semanas.

En un comunicado el Ejecutivo realizó 61 observaciones al documento con “el objetivo de que éste guarde absoluta concordancia con el dictamen de la Corte Constitucional. Hay dos disposiciones claras en la sentencia que no han sido acatadas por la Asamblea, o que no son coherentes con nuestro marco legal.

El presidente pidió se unifiquen los plazos en todos los casos a 12 semanas y que la Corte ordenaba expresamente establecer requisitos para el acceso al aborto en casos de violación.

Así mismo señala que el parlamento ha olvidado la objeción de conciencia y por ende quiere “incluir artículos que garanticen a todos los profesionales de salud la aplicación de este principio constitucional”.

Ahora el proyecto de ley volverá a la Asamblea Nacional, que tendrá 30 para decidir si mantiene el texto original o acoge la propuesta de la Presidencia de la República.

La norma aprobada por la Asamblea Nacional estipula que el aborto por violación en el Ecuador podrá practicarse hasta las 12 semanas de gestación con excepción en las niñas, adolescentes y mujeres de la ruralidad e interculturalidad, puesto que para ellas el plazo se amplía hasta las 18 semanas.

El proyecto de ley de 64 artículos, dos disposiciones generales, seis disposiciones transitorias, nueve reformatorias y una disposición final surgió tras la sentencia de la Corte Constitucional, que el 29 de abril de 2021 despenalizó el aborto en casos de violación, un fallo histórico que coincidió con la llegada a la Presidencia del centroderechista Lasso, abierto antiabortista.

La resolución fue aprobada por el pleno de la Corte, con siete votos a favor y las reservas de dos magistradas, en un dictamen que declaró inconstitucionales dos cláusulas del Código Integral Penal (COIP) y abrió la posibilidad a la interrupción voluntaria del embarazo en aquellos casos en los que se constate una violación.

Históricamente en Ecuador el aborto ha estado penalizado con la cárcel, con la salvedad de que un médico lo practique para salvar la vida de una gestante o en caso de violación de una persona con discapacidad mental.

 

Fuente. El Universo

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