Oposición analiza quién liderará el enjuiciamiento político al presidente Guillermo Lasso; el primer mandatario asegura no podrán probar un ‘hecho falso’

Una vez se consiguió aprobar con 104 votos del pleno de la Asamblea Nacional el informe de la Comisión ocasional por la Verdad, Justicia y Lucha contra la Corrupción conocido como el caso “El Gran Padrino”, en el que se recomienda el juicio político del presidente Guillermo Lasso, ahora el objetivo de la oposición es evaluar quién liderará el pedido para interpelar al mandatario ecuatoriano.

Como ocurrió en varios momentos de la etapa final de este proceso, la Comisión ocasional presidida por la legisladora del bloque de UNES, Viviana Veloz, dio paso a una nueva modificación en sus recomendaciones. El cambio llegó a pedido del Partido Social Cristiano (PSC), aliado de UNES, pues se debía precisar que el primer mandatario será llevado a juicio “en el grado de comisión por omisión”.

Esta vez fue la recomendación número tres, la cual fue reemplazada por el texto: “Enjuiciar políticamente al presidente de la República, Guillermo Lasso, en el grado de comisión por omisión, al tenor de lo que prescriben los artículos 23, 28, 42 y 422 del Código Orgánico Integral Penal, pues conductas analizadas se adecuan al cometimiento de los delitos establecidos en el artículo 129 numeral 2 de la Constitución”. Finalmente, el informe con esa recomendación fue aprobado por 104 asambleístas presentes en el pleno dado el 4 de marzo pasado.

“La recomendación queda como la envió la Comisión. Se ha hecho un pequeño cambio en la recomendación de la causal dos, esto es del 129, numeral dos, de la Constitución. Se ha recomendado juicio político al presidente de la República por haber incurrido en lo que determina el artículo 129, numeral 1, esto es delitos en contra de la seguridad del Estado, y el artículo 129, numeral dos, delitos en contra de la administración pública en la calidad de comisión por omisión”, dijo la legisladora de UNES.

El legislador socialcristiano Esteban Torres, resume que la recomendación para el juicio político contra Guillermo Lasso significa que no se ha cometido el delito de forma directa, sino que se lo ha hecho de forma indirecta. En vereda contraria, Juan Fernando Flores, líder de la Bancada del Acuerdo Nacional, asegura que no hay pruebas, ni causales para enjuiciar al presidente Lasso, sino que todo el informe no es más que una “fábula que han intentado construir”.

Veloz explica que no puede adelantar el nombre de quién encabezará el proceso de interpelación que primero deberá ser presentado al presidente de la Asamblea Nacional con 46 firmas de respaldo y adjuntando las pruebas que considera fundamentan su pedido de enjuiciar políticamente a Lasso. El informe “El Gran Padrino” pese a que fue aprobado por 104 votos no tiene el carácter de vinculante, aunque sí podría ser tomado en cuenta como uno de los fundamentos para el procesamiento político.

“Vamos a evaluar las diferentes bancadas (…), recuerden que este trabajo ha sido un trabajo en conjunto con diversas fuerza políticas: representante del Partido Socialista Ecuatoriano, de la Izquierda Democrática (ID), de Pachakutik (PK), de Independientes, del PSC y de la Revolución Ciudadana, después de hacer este análisis decidiremos quienes son los interpelantes para presentar la semana que viene ya la solicitud de juicio político contra Guillermo Lasso”, explicó Veloz.

Como un informe “inusual e infundado” que contiene “elucubraciones inconexas” sobre supuestos actos de corrupción es como calificó el presidente Guillermo Lasso al documento con la investigación denominada “El Gran Padrino”, en el que, entre otras cosas, recomendó llevarlo a juicio político.

La respuesta de Lasso fue parte de una carta dirigida a la fiscal general Diana Salazar, pues en el informe existe la recomendación de que el contenido aprobado sea puesto en conocimiento de la Fiscalía General del Estado para que investigue los nombres ahí señalados y hechos como una “comisión por omisión” y la existencia de delitos de “cohecho, peculado, y concusión”.

“Solicito a usted que desarrolle todas las investigaciones pertinentes con toda la rigurosidad y profundidad que la gravedad de estas falsedades amerita. La acusación de la Asamblea Nacional se enfrenta a la imposibilidad lógica de probar un hecho falso, y a la imposibilidad jurídica de probar la autoría por omisión en delitos en los que tal figura no aplica”, apuntó el mandatario.

La ruta para un juicio político

De concretarse esta semana que viene el nombre del asambleísta que presente el pedido para el juicio político del presidente Lasso, en ese momento empezarían a correr los tiempos que la Ley de la Función Legislativa define para cada uno de los momentos en este proceso.

El pedido fundamentado con los cargos y las pruebas, más el respaldo de las 46 firmas, deberá ser presentado al presidente del Legislativo, Virgilio Saquicela, quien tiene hasta un máximo de tres días para notificar al Consejo de Administración Legislativa (CAL) para la verificación de los requisitos.

De estar correcto el pedido, el CAL debe enviar a la Corte Constitucional (CC) la solicitud para que realice un control y se pronuncie hasta en un máximo de seis días. Aquí hay dos caminos: el negar el pedido o aprobarlo. Si se da el primer escenario la solicitud se archiva, pero de darse luz verde, es decir, un dictamen de admisibilidad, el proceso continúa.

Una vez la CC envíe su dictamen de admisibilidad al presidente de la Asamblea, este tiene que en máximo tres días poner en conocimiento del CAL y este a su vez deberá dirigir el proceso a la Comisión de Fiscalización, la cual actualmente está presidida por el legislador independiente Fernando Villavicencio.

Hasta 30 días tiene la Mesa de Fiscalización para presentar su informe recomendando o no que se enjuicie políticamente a Guilletmo Lasso en el pleno de la Asamblea Nacional. Durante este mes deberá comparecer a la Comisión el interpelado y el interpelante, cada uno con los elementos de prueba que abonen a su teoría.

El informe de la Comisión pasará a manos del presidente del Legislativo, quien hasta en un máximo de cinco días convocará a los asambleístas a un pleno en el que se resolverá el juicio político planteado. Para la censura al presidente se requiere tener el apoyo de al menos 92 votos. (I)

Fuente: El Universo

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