La Organización Internacional del Trabajo (OIT) instó a Ecuador a implementar reformas laborales de carácter urgentes para garantizar la libertad sindical y la negociación colectiva por actividades tras detectar violaciones al Convenio 98.
Ecuador enfrenta críticas por prácticas antisindicales
La denuncia, presentada en la 113ª Conferencia Internacional del Trabajo este miércoles 11 de junio de 2025, subrayó la necesidad de alinear la legislación nacional con los estándares internacionales, según informó el portal Mundo Gremial.
La Comisión de Aplicación de Normas de la OIT señaló a Ecuador por “violación sistemática y permanente” del Convenio 98, que protege el derecho a la organización sindical y la negociación colectiva.
Marcela Arellano Villa, presidenta de la Confederación Ecuatoriana de Organizaciones Sindicales Libres (Ceosl), denunció prácticas antisindicales y la ausencia de negociación colectiva por rama.
Demanda de reformas
La OIT exigió que el gobierno envíe información detallada sobre la cobertura y contenido de la negociación colectiva.
Arellano destacó la importancia de una misión de contactos directos que permitan ajustar la legislación a los convenios de la OIT. “Esta misión representa una oportunidad para fortalecer los derechos laborales en Ecuador“, expresó a Mundo Gremial.
El caso de Ecuador permanece abierto en los órganos de control de la OIT. “Esperamos que las decisiones de la Conferencia se implementen y que la misión de contactos avance”, mencionó Arellano.
El objetivo de los sindicatos autónomos es garantizar que las reformas laborales respeten los derechos de los trabajadores.
Convenio 98
La Organización Internacional del Trabajo (OIT) es una agencia de las Naciones Unidas que promueve el trabajo decente y la justicia social, integrando a gobiernos, empleadores y trabajadores.
Mientras que la Confederación Ecuatoriana de Organizaciones Sindicales Libres (CEOSL) representa a los sindicatos autónomos en Ecuador.
Por otra parte, el Convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), adoptado en 1949, es un tratado internacional que promueve el derecho a la negociación colectiva y protege a los trabajadores contra actos de discriminación antisindical.
Sus puntos clave son:
Protección contra la discriminación: Garantiza que los trabajadores no sean despedidos, discriminados ni perjudicados por afiliarse a un sindicato o participar en actividades sindicales.
Promoción de la negociación colectiva: Fomenta la negociación voluntaria entre empleadores y organizaciones de trabajadores para regular condiciones laborales.
No injerencia: Prohíbe la interferencia de empleadores en la formación o funcionamiento de sindicatos.
Es aplicable a todos los países que lo ratifiquen. Su implementación varía según las leyes nacionales, pero establece un estándar mínimo de derechos laborales.
Fuente: elcomercio.com