El Consejo de la Judicatura informa que, el 31 de mayo de 2025, en la Unidad Judicial de Flagrancia UVC Norte de Guayaquil, se realizó la audiencia correspondiente a un proceso relacionado con el presunto delito de secuestro extorsivo. En esta diligencia, el juez competente calificó el hecho como flagrante y legalizó la detención de dos ciudadanos, conforme a lo establecido en el Código Orgánico Integral Penal (COIP).

Durante la audiencia, la Fiscalía, en uso de sus atribuciones, solicitó medidas cautelares alternativas a la prisión preventiva para el ciudadano B.S.M.V. (alias “La Pinky”), tales como la prohibición de salida del país y la presentación periódica ante la autoridad competente, de acuerdo con el artículo 522 del COIP.

En virtud del principio de igualdad y no discriminación, estas medidas también fueron concedidas a J.A.P.M. (alias “Coscacho”), quien fue aprehendido en las mismas circunstancias.

Con base en los elementos expuestos por las partes procesales, el juez que conoce la causa tuvo que acoger el pedido formulado por la Fiscalía y dispuso la aplicación de las medidas cautelares solicitadas.

Es importante señalar que, conforme a la normativa vigente, corresponde a la

Fiscalía formular cargos y solicitar medidas cautelares, mientras que el juez resuelve en función de lo solicitado y de los elementos presentados durante la audiencia.

El Consejo de la Judicatura reafirma su compromiso con la independencia judicial, el respeto al debido proceso y la transparencia. Reitera que las decisiones judiciales deben adoptarse conforme a derecho y sobre la base de los argumentos expuestos por las partes. Exhortamos a la ciudadanía a informarse a través de canales oficiales

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