Ley contra la trata de personas y el tráfico de migrantes se publicó en el Registro Oficial

Con el fin de fortalecer la acción del Estado en la investigación y judicialización de los delitos de trata de personas y tráfico de migrantes, combatirlos y establecer medidas de protección, la Asamblea Nacional aprobó en enero pasado el proyecto de Ley Orgánica de trata de personas y del tráfico ilícito de migrantes, que se publicó en el segundo suplemento del Registro Oficial 252 de 16 de febrero de 2023.

La norma -compuesta por 43 artículos, 3 disposiciones transitorias y 5 reformatorias y una derogatoria- establece la creación de un Comité Interinstitucional de coordinación para la prevención de estas prácticas y que será el órgano máximo de coordinación de implementación, ejecución, monitoreo, control, seguimiento y evaluación de la política pública que se debe ejecutar.

Con la entrada en vigencia de esta norma se reforman los artículos 1, 4, 164, 165 de La Ley Orgánica de Movilidad Humana y se deroga el Capítulo VI de trata de personas y tráfico de migrantes de la misma norma.

Entre sus otras disposiciones establece que el Comité Interinstitucional tendrá doce meses para diseñar y ejecutar un plan para la implementación de las acciones para la prevención y asistencia en caso de esos delitos y dictar la norma y los protocolos dentro de los 90 días siguientes.

El comité en cuestión estará integrado por miembros de las entidades rectoras de seguridad, derechos humanos, movilidad humana, salud, educación, desarrollo y promoción de la comunicación, inclusión social, turismo, trabajo, Consejo de la Judicatura, Fiscalía General del Estado, Defensoría Pública y representantes de los Gobiernos Autónomos Descentralizados.

La Defensoría participará en calidad de órgano observador en materia de derechos humanos de las víctimas de trata de personas y tráfico ilícito de migrantes.

La norma dicta también las atribuciones que tendrá el Comité, entre las que están: desarrollar procedimientos y protocolos para el manejo de estos temas y su derivación a las autoridades competentes, conformar mesas técnicas para aprobar informes, coordinar recomendaciones y seguimiento de casos. Proponer la celebración de acuerdos y convenios para la prevención, combate y protección en coordinación con las entidades competentes.

Asimismo, realizar estudios, coordinar, recorrer, recolección de datos sobre la trata de personas y publicar los resultados e implementar modelos de atención especializados para las víctimas de estas prácticas que serán de aplicación obligatoria en todo el territorio nacional.

En cuanto a la investigación y judicialización de estos casos, en la Ley se establece que la unidad especializada de trata de la Policía Nacional estará a cargo de dirigir las acciones de búsqueda, localización, rescate y protección de las víctimas.

A su vez, la Fiscalía incorporará la creación de unidades especializadas en investigación de trata de personas a nivel nacional o en las provincias en las que se advierta mayor ocurrencia de este delito.

Se establece también que existirá cooperación internacional para la investigación de casos de trata de personas.

La norma incluye también un capítulo dedicado para la reparación integral y restitución a las víctimas para lo cual se aplicarán las medidas como el conocimiento de la verdad de los hechos, la indemnización, rehabilitación, garantía de no repetición, conforme establece la Constitución y el Código Orgánico Integral Penal (COIP).

Para los casos de tráfico ilícito de migrantes, el Comité Interinstitucional establecerá mesas técnicas para trabajar en la prevención y promoción de derechos y se garantizará también el alojamiento temporal de parte del Estado a las víctimas, para lo que se establecerán centros de acogida públicos y privados, que serán destinados a brindar alojamiento adecuado y atención psicológica y de salud a las víctimas de todas las edades y condiciones.

 

Fuente: El Universo

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