El secretario general de la Asamblea Nacional, Alejandro Muñoz, informó que, bajo ningún concepto, el Presidente puede pasar el proyecto de Ley para la Mejora Recaudatoria a través del Combate al Lavado de Activos, por el Ministerio de la Ley, pues el Legislativo se pronunció en el período debido.

“Sería un acto ilegal, inconstitucional y de facto y podría llegar a un posible delito de simulación y usurpación de funciones públicas”, advirtió el funcionario, al tiempo que enfatizó en que el archivo y negativa de dicho proyecto de ley es completamente legal y constitucional.

El funcionario se refirió al artículo 140 de la Constitución de la República, que indica que los proyectos urgentes en materia económica se tramitarán vía procedimiento ordinario. Explicó que la única diferencia, con los proyectos no urgentes, son los plazos para el pronunciamiento, que en este caso es de 30 días.

Asimismo, señaló el artículo 60, último inciso de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, que determina que, durante el tratamiento de un proyecto de ley, la mayoría del Pleno puede archivarlo y negarlo en primer debate.

Una vez dado trámite, el Legislativo cumplió dos acciones posteriores: notificar al presidente con una copia de la resolución del Pleno y enviar la resolución al Registro Oficial, que ya fue publicada el pasado 28 de noviembre.

Con 84 votos afirmativos, el Pleno del Legislativo archivó y negó este proyecto de Ley que, según el criterio de asambleístas como Vicente Taiano (PSC) o Jorge Peñafiel (Construye), buscaba crear más impuestos para los ecuatorianos. En reiteradas ocasiones, la presidenta de la Asamblea, Viviana Veloz, insistió en que el Parlamento no permitirá que se cargue más impuestos a la ciudadanía.

Fuente: Asamblea

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