IVA bajará al 8 % en el feriado de Semana Santa en Ecuador

A través del Decreto Ejecutivo 190, el presidente Daniel Noboa dispuso que en el feriado de Semana Santa el impuesto al valor agregado (IVA) para las actividades turísticas se reduzcan del 12 % al 8 %.

La medida se aplicará exactamente para los días viernes 29, sábado 30 y domingo 31 de marzo, según el decreto firmado en Toronto, Canadá, este lunes 4 de marzo. Si bien el IVA se reducirá al 8 % para las actividades turísticas, una vez que culmine este feriado, a partir del 1 de abril, este impuesto se incrementará de manera general al 15 %, según lo anunció el Ejecutivo en febrero de este año.

La reducción del IVA al 8 % no se ejecutó para el feriado más reciente de este 2024, que fue el de carnaval, como sí ocurrió en el 2023, que fue aplicado para cuatro feriados, además de carnaval, Semana Santa, Día de Difuntos e independencia de Cuenca.

El Ministerio de Turismo, el 10 de febrero, explicó que la medida no se aplicó para carnaval, porque en el último decreto que se firmó para bajar el IVA al 8 % solo tenía fechas estipuladas del 2023, y que no había aún un decreto para el 2024.

En el decreto ejecutivo más reciente de Noboa se indica: “Reducir la tarifa general del IVA al 8 % por la prestación de todos los servicios definidos como actividades turísticas de conformidad con el artículo 5 de la Ley de Turismo, a favor de las personas naturales o sociedades, nacionales o extranjeras, a nivel nacional” y se detallan las fechas en las cuales regirá la reducción.

A su vez, señala que el Servicio de Rentas Internas realizará todas las acciones necesarias para facilitar lo dispuesto en el decreto. Además, que los establecimientos que presten los servicios como actividades turísticas emitirán los respectivos comprobantes de venta de conformidad con la tarifa establecida.

Para la aplicación de esta medida, el Ejecutivo se basa en la disposición general tercera de la Ley Orgánica para el Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal tras la pandemia COVID-19, en la cual faculta al presidente de la República, mediante decreto ejecutivo, a reducir la tarifa general del IVA del 12 % al 8 %. (I)

Fuente: El Universo

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