Con el objetivo de fortalecer el procedimiento legislativo, el asambleísta Guido Mendoza presentó un proyecto de reforma a la Ley Orgánica de la Función Legislativa, en lo referente a las funciones y atribuciones del Consejo de Administración Legislativa (CAL).

El proponente plantea modificar el numeral 2 del artículo 14 del mencionado cuerpo legal, a fin de que el CAL resuelva, en un plazo máximo de cinco días hábiles contados a partir de la recepción del informe técnico-jurídico emitido por la Unidad Técnica Legislativa, sobre la calificación o no de los proyectos de ley presentados.

Asimismo, señala que “si el Consejo de Administración Legislativa no resuelve dentro del plazo señalado, la Presidenta o el Presidente de la Asamblea Nacional deberá incluir el proyecto en el orden del día de la siguiente sesión del Consejo, de manera obligatoria y prioritaria. La negativa de calificación deberá contener una motivación expresa, citando las normas constitucionales y legales aplicables”.

El incumplimiento de este plazo constituirá una infracción administrativa sujeta al régimen disciplinario aplicable a las autoridades de la Asamblea Nacional.

“La propuesta establece un plazo para que el CAL conozca los proyectos de ley, independientemente de quiénes lo integren”, manifestó el legislador.

Según la exposición de motivos del proyecto, la actual atribución del órgano administrativo carece de un plazo legal, lo que permite que se dilate indefinidamente el pronunciamiento sobre la calificación de los proyectos, afectando directamente la eficiencia legislativa y el derecho de los proponentes.

En este sentido, la ausencia de un término definido constituye un vacío normativo que contradice los principios constitucionales de celeridad, eficiencia, seguridad jurídica y participación, establecidos en la Constitución de la República, sostiene el legislador Mendoza.

Fuente: Asamblea Nacional

Comparte: