El Gobierno sacó adelante su nuevo impuesto a la banca gracias a los pactos cruzados con sus socios parlamentarios de izquierda y derecha. El documento fue votado en el Congreso el 21 de noviembre y ahora se encuentra en tramitación en el Senado, si bien, el plazo de presentación de enmiendas quedó cerrado el pasado miércoles por lo que ahora los partidos tienen que debatir cuáles incorporan con el 18 de diciembre como fecha límite para devolverlo a la Cámara Baja. Todos estos pasos se han dado a ciegas, ya que la consulta obligatoria al Banco Central Europeo se produjo cuando el hemiciclo ya había respaldado el proyecto (en primera lectura) y se publicará cuando los grupos no puedan hacer nuevas aportaciones a su articulado, aunque sí parar el texto. Esto, según revelan fuentes jurídicas a elEconomista.es, plantea un problema ya que las instituciones europeas podrían iniciar un proceso de infracción del deber de consulta, que podría llevar a los magistrados a suspender la tasa.

La apelación en tiempo y forma al banco central, en cuestiones que afectan directamente a sus competencias, es una obligación recogida en el Tratado de Funcionamiento de los 27 que se desarrolló en la decisión 98/415 del Consejo de la Unión Europea, en el que se establece que los países deben consultar al BCE sobre “cualquier proyecto legal que entre en el ámbito de sus competencias”. En concreto, detalla que la consulta se deberá producir siempre que afecte a las “normas aplicables a las entidades financieras, siempre que influyan significativamente en la estabilidad de las entidades y los mercados financieros”, un requisito que cumpliría la nueva tasa, como advirtió el vicepresidente del supervisor europeo, Luis de Guindos, recientemente. También es algo que tienen presente los legisladores, ya que han incluido una deducción del impuesto en el caso de que las entidades vean comprometida su rentabilidad por tener que abonar esta cuota.

Tal y como figura en el escrito publicado por el Senado, la Mesa del Congreso de los Diputados tomó la decisión de pedir al Banco de España que trasladara esta solicitud al BCE cinco días después de que fuera impulsado por el hemiciclo, el 26 de noviembre y registrado por la Cámara Alta el jueves 28. Fuentes del órgano presidido por Christine Lagarde confirman a elEconomista.es que han recibido la petición de José Luis Escrivá y ya trabajan en el dictamen, sin que se les haya impuesto ninguna fecha límite por parte de España. Desde el BCE matizan que esta consulta no se produjo con retraso, dado que los parlamentarios siguen teniendo margen para frenarlo cuando vuelva a votarse en el Congreso. Los países pueden establecer un plazo para que el BCE se pronuncie, que solo puede ser inferior a un mes en supuestos de urgencia (rasgo con el que se ha calificado el proyecto desde el inicio de su tramitación), por lo que la opinión podría emitirse antes de final de año. El plazo de presentación de enmiendas cerró el pasado miércoles, por lo que para cuando llegue, los grupos políticos ya no pondrán impulsar cambios y solo podrán acogerse al veto presentado por la formación de Santiago Abascal para tumbarlo.

“[Los Estados] velarán por porque el BCE sea consultado en una fase apropiada, de manera que la autoridad que haya tomado la iniciativa del proyecto de la disposición legal pueda tener en cuenta el dictamen del BCE antes de adoptar una decisión sobre el contenido del citado proyecto y asimismo, velarán por que el dictamen recibido del BCE llegue a conocimiento de la autoridad responsable de aprobar el proyecto”. En este caso, el Ministerio de Hacienda y los grupos que componen tanto el Congreso como el Senado. Las iniciativas para introducir cambios en el texto serán debatidas en la Comisión de Hacienda de la Cámara Alta hasta el 18 de diciembre, cuando tiene que volver a la Baja para que este respalde el diseño definitivo del impuesto a la banca. En función de la fecha en la que se reciba el informe, los grupos podrían orientar su voto y parar la norma respaldando el veto propuesto por Vox, pero ya será tarde para presentar otro tipo de correcciones técnicas.

El expresidente de la Comisión de Presupuestos del Congreso, e inspector de Hacienda, Francisco de la Torre, muestra su sorpresa ante esta sucesión irregular de acontecimientos: “Si en la previsión de impuestos enviada a Bruselas estaba la tasa bancaria, no se entiende por qué no solicitaron el informe al BCE desde un principio o, al menos, el mismo día en que se aprobó en el Congreso”. Fuentes del Banco Central explican que esta petición se produjo tan pronto como se publicó el proyecto de ley en el Boletín de las Cortes, por lo que aseguran que todos los pasos se dieron dentro del plazo y de acuerdo con el Tratado de Funcionamiento.

Ante este escenario, la Comisión Europea podría impulsar un proceso de infracción de consulta contra España (ya se entienda como responsable al Gobierno o al Parlamento), sobre el que no existen precedentes históricos. El derecho comunitario solo reserva un margen al BCE y es para impulsar un un recurso de incumplimiento contra el Banco de España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), por lo que en este caso el órgano de Ursula von der Leyen debería ser el encargado de ponerlo en marcha. Este paso abre una primera fase pre-contenciosa tras la que el TJUE puede dictaminar que se ha producido un incumplimiento y obligar a adoptar las medidas necesarias para ponerle fin.

Los expertos consultados apuntan a que este proceso podría llevar a la anulación o al menos, suspensión del impuesto, hasta que se adoptaran las medidas dictadas por el TJUE y que se presume, coincidirían con la postura expresada por el Banco Central Europeo en el informe que los parlamentarios podrán tener en cuenta solo de forma limitada antes de aprobar definitivamente el nuevo impuesto. El mismo Tribunal suspendió, aunque por motivos diferentes, en el mes de mayo el tramo autonómico del impuesto especial sobre los hidrocarburos que aprobó el anterior titular de Hacienda, Cristóbal Montoro. El TJUE calificó como ilegal este apartado y señaló que la legislación comunitaria se oponía a que la legislación nacional diera libertada a las regiones para establecer tipos diferentes para un mismo producto y función, lo que obligó a devolver 6.500 millones de euros.

Fuente: Revista El Economista

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