¿Cuál es el rol de la Corte Constitucional en medio de la muerte cruzada decretada por Guillermo Lasso?

Con el decreto firmado por el presidente Guillermo Lasso y que disolvió la Asamblea Nacional, activando así la llamada muerte cruzada, la Corte Constitucional (CC) toma un rol fundamental en la coyuntura del país. No solo porque deberá debatir y analizar la demanda de inconstitucionalidad del decreto presidencial que será presentada por el Partido Social Cristiano sino que también empezará a revisar y aprobar o no todos los decretos-ley de urgencia económica que firme Lasso hasta que se realicen las elecciones anticipadas.

Fue la misma CC que aprobó el juicio político a Lasso y por el cual firmó la muerte cruzada. Por ahora la Corte no puede pronunciarse sobre la constitucionalidad del decreto, ya que la causal usada por el Ejecutivo fue la de grave crisis política y conmoción interna, afirma Ismael Quintana, constitucionalista.

Esa causal y la de obstrucción al plan de desarrollo, curiosamente, no exigen dictamen previo de la CC de tal manera que la intervención de la Corte se hará cuando alguien presente una acción de inconstitucionalidad del decreto 741″, dice.

Cuando la CC reciba la demanda de inconstitucionalidad deberá analizar si es que el acto es impugnable, si es normativo, administrativo con efecto general, y si determina que es impugnable observar si el decreto no viola la Constitución.

Yo sí encuentro una deficiencia argumentativa. Los considerandos del decreto no apuntarían a una grave crisis política y conmoción interna sino a la obstrucción del plan de desarrollo. Esto, por lo general, es un vicio motivacional”, añade Quintana.

Para el especialista si bien el único que califica la ocurrencia de la causal es el presidente, eso no lo releva de su obligación de explicar con suficientes argumentos la aplicación, en este caso, de la muerte cruzada.

El tiempo también es un factor importante dentro de esta coyuntura, ya que el Código de la Democracia, en el artículo 87, estipula que el Consejo Nacional Electoral tiene 90 días para organizar las elecciones una vez convocadas estas.

Si tomamos los de referencia los tiempos que toma la Corte para resolver los casos son tres, cuatro o hasta cinco años. Y una decisión luego de este tiempo no tendría ningún sentido porque tendremos a otro presidente ni siquiera el que se eligió para completar el periodo. Habrá que ver si hay voluntad de la CC de admitir a trámite la demanda y romper el orden cronológico y resolver este tema a la velocidad de la luz”, indica Quintana.

En el caso de que la CC le dé trato prioritario a la demanda del PSC y lo resuelva a favor sin efecto retroactivo por más inconstitucional que sea el decreto la muerte cruzada seguirá.

En tanto, Stalin Raza, también constitucionalista, señala que al presentarse demandas contra el decreto la CC puede suspender el decreto temporalmente, a través de medida cautelar, si es que se lo solicitan los demandantes y si se reúnen los requisitos que exige la CC.

Al suspenderse el decreto la Asamblea deberá volver a sus sesiones ordinarias y Lasso sigue gobernando, pero se puede retomar la votación del juicio político.

Sin embargo, aclara que mientras eso ocurre la CC prácticamente tiene que cogobernar con Lasso aprobando o rechazando los decretos-ley económicos de carácter urgente.

El rol de la Corte ahora se vuelve muy importante porque tienen que avalar los decretos que firme el presidente de la República”, dice.

Aunque todavía no se resuelven estas incógnitas legales, instituciones como el Consejo Nacional Electoral (CNE) ya analizan el escenario de elecciones exprés. Para Enrique Pita, vicepresidente del CNE, este es un gran desafío para la Función Electoral, pues implica que en 90 días se deberá completar lo que se hace en seis, ocho o nueve meses, es decir, en tres meses se tendrán que hacer procesos de democracia interna, inscripción y calificación de candidaturas, impugnaciones y otras reclamaciones ante las diferentes instancias y la propia campaña. El CNE tiene siete días para convocar a las elecciones.

Además, hay fuerzas políticas como el correísmo que han aceptado la muerte cruzada y ya enfilan sus discursos para una campaña electoral. De hecho, se han barajado nombres como Fernando Villavicencio, Dalton Bacigalupo y Jaime Nebot como posibles presidenciables. (I)

Fuente El Universo

Compartir esta noticia

Facebook
Twitter
Scroll al inicio