Por unanimidad, la Comisión de Relaciones Internacionales aprobó el informe sobre el Convenio de Seguridad Social entre Ecuador y Canadá, que recomienda al Pleno de la Asamblea Nacional su aprobación para la ratificación correspondiente, conforme al dictamen favorable de la Corte Constitucional.
Durante la sesión, el equipo asesor de la mesa legislativa destacó que el informe incluye un análisis exhaustivo del contenido del convenio, cuyo eje central es la garantía del derecho a la seguridad social. Este derecho está consagrado en el artículo 3 de la Constitución de la República, que establece como deber primordial del Estado asegurar el respeto y garantía de los derechos constitucionales.
En este contexto, señaló que el informe se sustenta en el artículo 11, numeral 9, y el artículo 24 de la Constitución, que reconocen la seguridad social como un derecho irrenunciable y de cumplimiento obligatorio. Recalcó que la Corte Constitucional ha desarrollado una sólida jurisprudencia que establece que este derecho implica obligaciones tanto positivas, como la formulación de políticas públicas, como negativas, como la abstención de acciones que limiten su ejercicio, en especial para la población en situación de movilidad humana.
Detalló que el convenio internacional se enmarca en los instrumentos mediante los cuales el Estado ecuatoriano garantiza derechos fundamentales a ciudadanos migrantes. Su objetivo es permitir que ecuatorianos y canadienses puedan acceder a prestaciones económicas mediante la totalización de períodos de contribución en ambos países, armonizando los sistemas de seguridad social y asegurando el acceso efectivo a esta protección.
También resaltó el impacto social del convenio, tomando en cuenta los más de 33 250 ecuatorianos residentes en Canadá, quienes podrán beneficiarse directamente de este instrumento. Además, subrayó que la Asamblea Nacional ha aprobado previamente convenios similares con al menos siete países, como España, Argentina y República Dominicana, consolidando así una política constante de protección a los derechos de los compatriotas en el exterior.
Así mismo, enfatizó que este convenio no implica un gasto adicional para el Estado, sino que fortalece la seguridad social y ofrece beneficios tangibles a la ciudadanía, según los artículos 419 de la Constitución y, 108 y 109 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa.
El presidente de la comisión, Jonathan Parra, expresó su agradecimiento al equipo técnico y de asesores que participaron activamente en la elaboración del informe. “Este ha sido un esfuerzo conjunto, sin banderas políticas, enfocado únicamente en cumplir con nuestro deber de garantizar y defender con hechos y no solo con palabras los derechos de los ecuatorianos, especialmente en lo que respecta a la movilidad humana, una realidad que afecta a miles de compatriotas”, concluyó.
Fuente: Asamblea Nacional