Código de la Democracia requeriría de nuevas reformas para adaptarlo a las ‘amargas experiencias’

La disolución de la Asamblea Nacional (muerte cruzada) y la crisis de violencia que dejó un candidato presidencial asesinado son hechos sui géneris que enfrenta actualmente el Ecuador y que ponen en discusión la posibilidad de reformar el Código de la Democracia, para adaptar los procesos electorales a estos hechos.

El 17 de mayo del 2023 fue la primera vez, después de 15 años de vigencia de la Constitución, que un presidente de la República activó el artículo 148 y diluyó el pleno de la Asamblea Nacional por grave crisis política y conmoción interna.

Ello implicó la convocatoria a elecciones presidenciales y legislativas anticipadas, que el Consejo Nacional Electoral (CNE) las fijó para este 20 de agosto.

Para normar el procedimiento, el Código de la Democracia contiene un artículo en el que se determina que en el caso de haberse producido la destitución del presidente de la República por parte de la Asamblea Nacional o, decretado por parte del presidente de la República, la disolución de la Asamblea Nacional, en un término de siete días después de la resolución de destitución o del decreto ejecutivo (de disolución), el Consejo Nacional Electoral convocará para una misma fecha a elecciones legislativas y presidenciales para el resto de los respectivos periodos.

El CNE podrá disponer que se realicen en un plazo no menor a 90 días, contados a partir de la convocatoria.

Tras la decisión del presidente Guillermo Lasso, el Consejo Nacional Electoral expidió en medio de dilemas un reglamento que norme los plazos para adaptar el calendario electoral a los 90 días y tomando decisiones sobre la marcha.

Fuente El Universo

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