El Consejo Nacional Electoral (CNE) aclaró este 4 de agosto del 2022 que el derecho a sufragar está contemplado en la Constitución, por lo que el analfabetismo no impide ejercer el voto.
El 5 de febrero del 2023 los ecuatorianos deberán elegir a prefectos y viceprefectos, alcaldes, concejales urbanos y rurales, miembros de las juntas parroquiales rurales, así como a los integrantes del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs). Las nuevas autoridades estarán en funciones durante el periodo 2023-2027.
El procedimiento consiste en que el elector presente al secretario de la Junta su cédula de identidad, pasaporte o documento de identidad consular. Luego se verifica la inscripción en el padrón y se le proporcionará las papeletas donde consignará su voto.
Tras depositar las papeletas en las urnas, el elector firmará el registro, pero “quienes estén imposibilitados de hacerlo imprimirán la huella digital; cumplido el deber cívico del sufragio recibirá el certificado de votación”, dice el artículo 115 del Código de la Democracia.
Si el elector no consta en el padrón electoral no podrá sufragar, pero se le entregará un certificado de presentación. Una vez comprobada la identidad del elector y su registro en el padrón, las o los vocales de la Junta no podrán impedir el sufragio por ningún motivo, ni exigirán otras condiciones o requisitos.
Fuente El Comercio