CAL sesionará lunes para resolver solicitud de juicio político contra Lasso

El Consejo de Administración Legislativa (CAL) sesionará el lunes 20 de marzo del 2023, a las 15:00, por disposición del presidente de la Asamblea Nacional, Virgilio Saquicela.

Saquicela emitió la convocatoria la mañana de este domingo, 19 de marzo. La sesión será en modalidad presencial. Hay un único punto en el orden del día.

Los siete legisladores que integran el CAL, incluido Saquicela, deberán conocer y resolver sobre la solicitud de juicio político en contra del presidente Guillermo Lasso.

Será la segunda ocasión que el CAL trate el tema. Ya lo hizo la noche del 17 de marzo, pero no tomó ninguna decisión. Solicitó un informe jurídico a la Unidad Técnica Legislativa (UTL). Este documento técnico no vinculante fue enviado en la noche del 18 de marzo. Tenía un plazo de 24 horas.

Conclusiones del informe

El informe de la UTL concluye que la solicitud de enjuiciamiento político, presentada por los asambleístas Viviana Veloz, Pedro Zapata, Mireya Pazmiño y Rodrigo Fajardo, cumple con todos los requisitos establecidos en el artículo 129 de la Constitución. Así como con los artículos 86 y 87 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa.

Detalla que el pedido de juicio político se presentó ante el presidente de la Asamblea Nacional y “se encuentra debidamente fundamentado“. Además, “contiene correctamente la formulación por escrito de los cargos atribuidos al Presidente República”.

También indica que se ha constatado que existe el anuncio de la totalidad de la prueba que se presentará, acompañando la prueba documental correspondiente. Además, “se ha formalizado el pedido con las firmas de al menos una tercera parte de los miembros de la Asamblea Nacional, en el formulario correspondiente, declarando que las firmas son verídicas y que corresponden a sus titulares”.

Informe recomienda admitir solicitud de juicio

Sobre la base de lo expuesto, el informe de la UTL recomienda que el Consejo de Administración Legislativa “admita a trámite la precitada solicitud de enjuiciamiento político”.

Agrega que, “al amparo de lo que determina el inciso primero del artículo 88 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, remita a la Corte Constitucional dicha solicitud de enjuiciamiento político, a fin de que emita el dictamen previo de admisibilidad”.

En el artículo 129 de la Constitución se establece que para iniciar el juicio político se requerirá el dictamen de admisibilidad de la Corte. Pero no será necesario el enjuiciamiento penal previo.

En un plazo de setenta y dos horas, concluido el procedimiento establecido en la ley, la Asamblea Nacional resolverá motivadamente, con base en las pruebas de descargo presentadas por el Presidente de la República.

Lasso es señalado por los proponentes del juicio político por supuestamente adecuar su conducta a los delitos de concusión, cohecho, peculado o enriquecimiento ilícito, determinados en la causal 2 del artículo 129.

Fuente: El Comercio

 

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