Así se elegirá al presidente de la Asamblea Nacional en la sesión inaugural del 17 de noviembre

El artículo 10 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa (LOFL) vigente explica el procedimiento que debe seguir el pleno de la nueva Asamblea Nacional para elegir al presidente y a los integrantes del Consejo de Administración Legislativa (CAL) en la sesión de instalación, que se desarrollará el 17 de noviembre del 2023, a partir de las 10:00, en Quito.

La norma dice que la sesión inaugural estará dirigida por los asambleístas nacionales que encabezaron las tres listas con mayor votación a nivel nacional que se encuentren presentes en la reunión.

Según el número de votos obtenidos por la lista ejercerán, en su orden, la dirección, la subdirección y la secretaría de la sesión. En esta ocasión serán Pierina Correa, de la Revolución Ciudadana; Patricio Carrillo, del movimiento Construye; y Valentina Centeno, de la alianza oficialista ADN. Sus funciones culminarán con la posesión de las autoridades.

Para la elección de las autoridades, los asambleístas presentarán candidaturas para cada una de las siguientes dignidades:

1. Presidenta o presidente;

2. Primera vicepresidenta o vicepresidente;

3. Segunda vicepresidenta o vicepresidente;

4. Primer vocal;

5. Segundo Vocal;

6. Tercer vocal; y,

7. Cuarto vocal.

El texto de la norma señala: “Las y los cuatro vocales serán elegidos de entre asambleístas pertenecientes a diferentes bancadas legislativas”.

Según la LOFL, la bancada debe integrarse con al menos catorce legisladores. Al momento existen cuatro bloques: Revolución Ciudadana, Construye, Partido Social Cristiano y ADN. De las negociaciones preliminares se prevé que exista una más, con el sector de Actuemos e independientes.

Agrega la norma que, en caso de existir más de cuatro bancadas legislativas, todas ellas podrán proponer candidatos de entre sus miembros; los cuatro vocales serán elegidos por la mayoría absoluta de la Asamblea Nacional, debiendo ser de diferentes bancadas. En caso de no existir las bancadas legislativas para la designación de los cuatro vocales antes referidos, estas podrán nominar a cualquier integrante de la Asamblea Nacional que no forme parte de una bancada legislativa ya representada en el Consejo de Administración Legislativa, para completar dicho Consejo”.

Para elegir a las autoridades ya citadas se necesitan al menos 70 votos, o sea, la mayoría absoluta de los integrantes de la Asamblea Nacional.

Los elegidos serán posesionados inmediatamente una vez proclamados los resultados. Permanecerán dos años en funciones y sí pueden ser reelegidos.

En el marco de las negociaciones de los bloques legislativos se ha señalado a Henry Kronfle, del PSC, como principal aspirante a la presidencia de la Asamblea, pero en los próximos días podrían plantearse más nombres desde otros sectores políticos.

Fuente: El Universo

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