El Consejo de Administración Legislativa (CAL), en sesión 004, de este 13 de junio, resolvió aplicar la sanción de 60 días de suspensión sin remuneración al asambleísta Ronal González, según lo determina el artículo 171 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa (LOFL) y 6 del Reglamento para el Trámite de las Faltas Administrativas.
La decisión obtuvo respaldo unánime y se dio tras el cumplimiento del debido proceso establecido en la LOFL, que incluyó la exposición de motivos, argumentos y sustento de la queja presentada por la asambleísta Diana Jácome, así como también el derecho a la defensa del legislador Ronal González
“Estoy seguro de que, con responsabilidad y apego a la normativa vigente, sabremos abordar este tema de suma importancia para la ética y el respeto en el ejercicio de nuestras funciones”, dijo Niels Olsen, presidente de la Asamblea Nacional.
Esta acción administrativa constituye la primera sanción frente a comportamientos que afectan la institucionalidad del Parlamento, u obstaculizan el normal desarrollo de las sesiones plenarias, en lo que va del período legislativo.
La sanción tiene relación con el hecho ocurrido el pasado lunes 26 de mayo, en el que, según la proponente de la queja, “González protagonizó un acto de alteración del orden institucional al recorrer las instalaciones de la Asamblea Nacional utilizando un megáfono para proferir gritos ofensivos contra sus colegas legisladores”.
Fuente: Asamblea Nacional