El Pleno de la Asamblea Nacional se allanó a la objeción del Presidente de la República al artículo 1 del proyecto de Ley Reformatoria a la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, que regula el permiso para la operación de maquinaria de construcción, equipo caminero y tractores agrícolas, que propone su eliminación. Además, no se ratificó en los textos de los artículos 2, 3 y Disposición General Única, aprobados por el Legislativo en la continuación de la sesión 1017 del Pleno.
En su ponencia, el asambleísta Héctor Valladarez subrayó que la propuesta trata de regular la operación de maquinarias de construcción, equipo caminero y tractores agrícolas, donde hay que tener claro como elemento principal que las actividades de este tipo de maquinaria no tienen relación con el tránsito en las vías públicas; más bien, sus actividades se centran en los campos agrícolas, la excavación y tareas de construcción en las diferentes áreas rurales y urbanas del país.
Dijo que la proponente del proyecto de Ley, la asambleísta y presidenta de la Asamblea, Viviana Veloz, plantea un proyecto para que este tipo de maquinaria tenga una regulación diferente a la que tienen los demás vehículos que circulan en la vía pública.
En la objeción, el Ejecutivo planteó la eliminación de los artículos 1 y 2, de los 3 artículos en total que componen el proyecto de ley, así como de su disposición general única, y la reformulación del texto del artículo 3. Planteó la supresión de la frase “maquinaria agrícola y maquinaria de construcción” porque afectaría el control estatal sobre estos vehículos.
Además, sugirió un texto alternativo con relación a la inscripción en cursos de conducción profesional, garantizando coherencia normativa y facilitando, según textualmente se desprende de la objeción parcial, “el acceso a licencias tipo C y G”.
Fuente: Asamblea Nacional