Asamblea Nacional no derogará las pensiones vitalicias de los exmandatarios de la República, hará un ajuste en el monto que reciben

Las pensiones vitalicias de los expresidentes y exvicepresidentes de la República no serán derogadas, sino que se aplicará un ajuste al monto que perciben de al menos $1.268 mensuales.

El pleno de la Asamblea Nacional, este 16 de febrero, tiene previsto tramitar en segundo y definitivo debate el proyecto que reforma la ley orgánica de Servicio Público referente a los beneficiarios de las pensiones vitalicias cuando hayan ejercido el cargo más alto del Estado.

Según la información remitida por el Ministerio de Economía, al momento diez exmandatarios cobran pensiones.

Sobre este tema se presentaron once iniciativas legislativas que proponían desde derogar el artículo 135 de la ley de Servicio Público y otros reducir el monto de las pensiones.

El legislador Darwin Pereira del bloque Pachakutik fue el último asambleísta en presentar un proyecto para extinguir las pensiones vitalicias de los exmandatarios y usar esos recursos para acciones sociales; pero el informe para segundo debate modificó el contenido y sugiere al pleno reducir al 75% de las actuales pensiones que reciben los expresidentes y exvicepresidentes.

Actualmente el presidente de la República percibe una remuneración mensual de $5.072, y de aprobarse la norma el monto que percibirán los exmandatarios cada mes sería de $3.804. En tanto, que el vicepresidente de la República recibe una remuneración mensual de $4.869 y de aplicarse la nueva tabla propuesta a debate pasarían a recibir $3.651,75 mensuales.

Pereira llamó a los ecuatorianos mantenerse vigilantes a esta votación porque se corre el riesgo de que, para favorecer los intereses de sus líderes políticos, algunos legisladores voten en contra de esta propuesta.

“Me preocupa que en los pasillos de la Asamblea se esté escuchando que en la votación primarán los intereses políticos de cada una de las bancadas para favorecer a que sus líderes se beneficien de estas pensiones vitalicias, en desmedro de las necesidades del pueblo ecuatoriano”, afirmó.

Según el informe para segundo debate en el artículo 135 de la ley de Servicio Público, se fija una pensión vitalicia mensual equivalente al 75% de la remuneración vigente, a favor de los expresidentes y exvicepresidentes constitucionales de la República, que sean elegidos constitucionalmente por votación popular y se hayan posesionado en el cargo. Se exceptúan los mandatarios a quienes se les revoque el mandato”.

En caso de fallecimiento señala el informe, para segundo debate, el beneficio de la pensión vitalicia en favor de los expresidentes y ex vicepresidentes pasará al cónyuge o conviviente en unión de hecho legalmente reconocido. A falta del cónyuge o conviviente en unión de hecho, serán acreedores a tal beneficio, los hijos menores de edad de los beneficiarios directos hasta que alcancen su mayoría de edad.

Pereira señaló que en el 2020, el Estado canceló $ 1`120.367,12 por concepto de pensiones vitalicias a los exmandatarios e inclusive señaló que hay casos como el del exmandatario Jamil Mahuad que recibe la pensión su hija, en tanto que Carolina Egas Núñez, la pensión de su esposo el exvicepresidente Jorge Zavala, que asumió el cargo en 1968 y falleció en el 2014.

La normativa vigente tampoco guarda proporción, por ejemplo, el expresidente Rodrigo Borja, quien terminó su mandato recibe la misma pensión que Jamil Mahuad, quien fue derrocado tras su segundo año de gobierno.

También se discute, si tras la muerte del titular se justifica o no que los beneficiarios como hijos, cónyuge sobreviviente sean los beneficiarios. La sesión plenaria 845 está convocada para las 09:00.

 

Fuente: El Universo

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