El Pleno de la Asamblea Nacional se ratificó en los textos de siete artículos y dos disposiciones objetadas por inconveniencia por el Presidente de la República al proyecto de Ley de Reformas a varias Leyes respecto de la Discriminación por Edad en el Sistema Laboral. Además, acogiendo el dictamen de la Corte Constitucional, actualizó los artículos 2 y 3 del proyecto, observados por inconstitucionalidad, a fin de garantizar la estabilidad laboral y erradicar las prácticas ilegales respecto a la discriminación laboral ante un despido injustificado y no legítimo.

En tal sentido, será obligación del empleador mantener a los trabajadores que tienen más de 40 años y en el número y porcentaje que tengan estos en las nóminas. También determinó la proporcionalidad de la sanción para los empleadores que no cumplen la norma.

Asimismo, sobre la base del informe de la Comisión de los Trabajadores, el Pleno de la Asamblea se allanó a la observación por inconstitucionalidad del Ejecutivo y adoptó textos alternativos a los artículos 2 y 3, que solucionan los problemas constitucionales identificados por la Corte, con el voto de 79 asambleístas.

Igualmente, con 70 votos, se ratificó en los textos de los artículos 1, 4, 5, 6, 7, 8, 9, disposición general segunda y disposición transitoria segunda, rechazando el veto presidencial por falta de motivación, argumentación jurídica y textos alternativos.

La asambleísta Johanna Ortiz, tras detallar cifras por discriminación en la contratación por edad, sustentó que se mantiene el objetivo de proteger a las personas mayores de 40 años, transformando la obligación progresiva en un sistema mixto, es decir, mantiene una obligación mínima e incorpora principalmente incentivos.

Entre los beneficios de la norma, dijo que se establece un régimen de incentivos no económicos y reconocimiento público para los empleadores que contraten a personas mayores de 40 años en situación de desempleo; se fija una sanción específica y moderada, evitando la remisión genérica a “las disposiciones vigentes” que generaba inseguridad jurídica.

También se conserva el fin constitucionalmente válido señalado por la Asamblea Nacional y reconocido en el voto salvado de la jueza Alejandra Cárdenas, para precautelar la continuidad en el empleo de las personas mayores de cuarenta años, a fin de que puedan incrementar sus aportaciones y años de servicio, para acceder a la jubilación universal o patronal.

El proyecto de Ley, que será remitido al Registro Oficial para su respectiva promulgación, establece medidas para eliminar la discriminación por edad en el sistema laboral ecuatoriano, tanto en el sector público como privado, reformando el Código de Trabajo, la LOSEP, Ley de Contratación Pública y la LOES. Entre sus principales disposiciones están: capacitación obligatoria, porcentajes de contratación para personas mayores de 40 años, prohibiciones expresas de discriminación por edad, mecanismos de reclamación para afectados y protecciones especiales para docentes universitarios.

Fuente: Asamblea Nacional

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