Aprobado inicio de periodo para nuevo proceso electoral en Calacalí

El Pleno del Consejo Nacional Electoral (CNE) declaró el inicio del periodo y proceso electoral para la elección de vocales de la Junta Parroquial de Calacalí, cantón Quito, a partir del 19 de abril.

Las autoridades del CNE sesionaron la noche del 19 de forma telemática y aprobaron el proyecto de resolución remitido por la Dirección Nacional de Asesoría Jurídica con cuatro votos a favor.

La titular del CNE, Diana Atamaint, el vicepresidente Enrique Pita y los vocales José Cabrera y Estela Acero dieron su respaldo. Hubo ausencia de la consejera Elena Nájera.

El proyecto aprobado planteó aprobar el inicio del periodo electoral para la elección de vocales de la Junta Parroquial de Calacalí para el periodo 2023-2027, a partir del 19 de abril del 2023.

El nuevo proceso integrará todas las actividades y operaciones que se desarrollan dentro de las etapas preelectoral, electoral y postelectoral. La resolución del CNE se apega a la disposición general octava del Código de la Democracia.

Esta determina que los órganos electorales, en el ámbito de sus competencias, aprobarán el inicio del periodo electoral y periodo contencioso electoral. Prohíbe realizar reformas legales en materia electoral que entren en vigencia durante el año anterior a la celebración de las elecciones.

También indica que la etapa preelectoral incluye la aprobación de planes operativos, presupuesto ordinario y electoral, actualización y cierre del registro electoral e inscripción de organizaciones políticas.

La etapa electoral inicia con la convocatoria a elecciones por parte del CNE y se extiende hasta la fecha de posesión de las autoridades electas.

La fase postelectoral comprende todas las actividades posteriores a la posesión de autoridades, incluyendo el informe de incumplimiento presentación de las cuentas de campaña electoral hasta la finalización del periodo electoral que no podrá superar el año fiscal correspondiente.

“Garantizaremos los derechos de participación política de los ciudadanos mediante elecciones trasparentes y eficientes”, aseguró Acero.

Cabrera dijo que la aprobación se da en cumplimiento al artículo 266 del Código de la Democracia. Las sentencias y resoluciones que dicte el Tribunal Contencioso Electoral (TCE) constituirán jurisprudencia y serán de última instancia e inmediato cumplimiento, según el artículo.

En los próximos días los consejeros aprobarán el plan operativo, calendario y presupuesto electoral.

Antecedentes del caso 

El CNE aprobó el inicio del proceso electoral en respuesta a la sentencia del TCE. Esta institución declaró la nulidad del proceso electoral en Calacalí, a partir de la etapa de democracia interna. Es decir, desde la postulación y elección de candidatos en las organizaciones políticas que participen para la dignidad de vocales de la Junta Parroquial.

La sentencia se resolvió el 14 de abril y la notificación llegó al CNE el 18. Una de las organizaciones políticas que pedía la nulidad total es el Partido Socialista Ecuatoriano, dispuesto a participar en el nuevo proceso electoral.

 

Fuente: El Comercio

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