Acuerdo de control marítimo con Estados Unidos incluye procedimientos en casos de transporte peligroso de migrantes

El “Acuerdo entre Ecuador y Estados Unidos para operaciones contra actividades marítimas transnacionales ilícitas”, que está a la espera de la ratificación presidencial, integra un procedimiento para casos de transporte peligroso de migrantes por mar y tráfico ilícito de migrantes.

Este acuerdo se firmó en la administración de Guillermo Lasso y superó el filtro de la Corte Constitucional (CC) de que no requiere de aprobación de la Asamblea Nacional, por lo que el presidente de la República, Daniel Noboa, podrá ratificarlo mediante decreto ejecutivo.

Entre los 23 artículos que lo integran, uno de ellos precisa el procedimiento para casos de transporte peligroso de migrantes por mar y tráfico ilícito de migrantes en el que actúan la Armada Nacional y el Servicio de Guarda Costera de los Estados Unidos, esencialmente.

Un informe del 2023 del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de los Estados Unidos (ICE, por sus siglas en inglés) detalla que, entre el 2022 y el 2023, la población detenida en su intento de ingresar a su territorio aumentó de 26.299 a 36.845, respectivamente.

De diez países, Ecuador está en un quinto lugar, con 2.443 connacionales detenidos, cita el informe.

El objetivo de este apartado entre las partes —Ecuador y Estados Unidos—, con base en el principio de “no devolución”, es que ninguna persona que se encuentre a bordo de un buque sospechoso, incluso una vez que esa persona haya desembarcado, podrá devolverse involuntariamente a un país, siempre y cuando se observen ciertos requisitos.

Como que la persona tenga fundados temores de ser perseguida por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social u opiniones políticas, salvo por los reconocidos motivos de exclusión de protección, como refugiados previstos en la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados y el Protocolo sobre el Estatuto de los Refugiados, o porque vaya a ser torturada.

En todas las operaciones combinadas para eliminar el transporte peligroso de migrantes por mar y el tráfico ilícito de migrantes, Ecuador tendrá que notificar, facilitar y aceptar sin demora indebida o irrazonable la devolución de migrantes que tengan nacionalidad, ciudadanía o residencia permanente de Ecuador.

Según lo permita la legislación de cada Estado, se procederá a enjuiciar a los traficantes de migrantes y embargar los buques implicados en el tráfico ilícito de migrantes.

Fuente: El Universo

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