Las grandes empresas y multinacionales serán las más afectadas por las subidas de impuestos de 2025, que verán especialmente gravados sus beneficios fuera. Se recupera el límite a compensar pérdidas y, en el caso de los grupos, también entre filiales; se imponen topes para evitar la doble tributación por ganancias fuera y se crea el impuesto mínimo para que tanto las matrices como sus filiales internacionales tributen, al menos, a un tipo del 15%. Del lado contrario, los tipos para pymes y micropymes bajan del actual 23%, hasta el 17% o el 20%, según ganancias.
Las subidas impositivas para grandes empresas supondrán un alza de recaudación para Hacienda de más de 3.000 millones de euros al año, como ya adelantó este diario. La creación del impuesto mínimo del 15% engordará los ingresos del fisco en 1.000 millones, según las previsiones de los economistas. La reactivación de las medidas tumbadas por el Tribunal Constitucional supondrá una recaudación de casi 1.700 millones, y el límite a compensar pérdidas a los grupos reportará casi 500 millones.
A partir del 1 de enero de 2025 baja la tributación para las compañías que ingresen menos de un millón de euros al año. Estas firmas ya pagan un tipo reducido del 23%, frente al general del 25%. En el próximo ejercicio, la parte de la base imponible desde cero euros a 50.000 euros tributará al 17%, mientras que todo lo que exceda los 50.000 euros lo hará al 20%. No obstante, como este cambio aún está en su fase final de tramitación en el Senado, es previsible que la mejora aún sea mejor porque el PP, con mayoría en la Cámara, ha planteado una enmienda para que el tipo del 17% se aplique desde los cero euros hasta los 100.000 euros, para beneficiar aún más a las micropymes.
Dotación de reservas
Las empresas que incrementen fondos propios a partir de 2025 podrán deducirse en la base imponible de Sociedades hasta el 20% del valor aumentado, si los mantienen durante tres años y dotan una reserva con el importe deducido. Durante este 2024, solo podían desgravarse el 15% de los fondos incrementados y en 2023, el 10%.
Además, esta ayuda será mayor si las compañías contratan empleados. La deducción alcanzará el 23% del valor de los fondos si elevan la plantilla entre un 2% y un 5%; del 26,5%, si crece entre un 5% y un 10%; y del 30%, si supera el 10%. Deberán mantener este incremento de plantilla otros tres años.
Impuesto del 15%
El impuesto mínimo del 15% para complementar al de Sociedades es el gran cambio impositivo que llega para las grandes empresas y las multinacionales que ingresen más de 750 millones de euros al año. No obstante, aunque se apruebe a final de este mes, tendrá ya efecto sobre las ganancias de este ejercicio 2024. El impuesto gravará, de un lado, a las grandes compañías con matriz en España si tributan por debajo de este tipo; a sus filiales en el extranjero, si también están por debajo; y a las filiales de grupos extranjeros situadas en nuestro país que paguen menos del 15%.
Otros cambios que llegan casi con el nuevo año pero que también tendrán efectos de cara a los ejercicios 2024 son los puestos en marcha por el exministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, en 2016, pero tumbados este enero por el Tribunal Constitucional por aprobarse mediante la figura de Real Decreto-ley en vez de por una ley. Entre estos cambios están los límites a compensar pérdidas a las empresas, lo que supone que tendrán que pagar más por Sociedades ya que se podrán deducir menos por los números rojos.Las compañías con una cifra de negocio de entre 20 y 60 millones de euros al año solo podrán compensar en el impuesto el 50% de las pérdidas, mientras que aquellas que superen los 60 millones, podrán deducir únicamente el 25%.
Doble tributación
Además, también se limitan las deducciones para evitar la doble tributación por las ganancias obtenidas fuera, de modo que las compañías podrán aplicarlas, pero no podrán comerse más del 50% de la base imponible de Sociedades.
Reversión por deterioros
También se exigirá a las empresas que devuelvan las deducciones que realizaron antes de 2013 por el deterioro de sus participaciones en otras compañías. Estos deterioros eran deducibles en Sociedades hasta 2013. En 2016, la norma de Montoro exigió su devolución en cinco años. Ahora, tras tumbar el Constitucional el Real Decreto-ley de 2016, la Agencia Tributaria exigirá devolver lo deducido a partes iguales en tres años desde este 2024.
Grupos consolidados
Finalmente, también se aprobará antes de que acabe el año, pero con efectos desde 2024, los límites a los grupos consolidados a compensar pérdidas de sus filiales, ya sean nacionales o extranjeras. Solo podrán desgravar el 50% de los números rojos de sus filiales. Así, si una filial gana 100.000 euros y la otra pierde 40.000 euros, en vez de compensarse el 100% de la pérdida e incluir 60.000 euros en la base imponible, solo podrá desgravarse el 50%, es decir, 20.000 euros, y tendrá que tributar sobre 80.000 euros.
Fuente: Revista El Economista