La Comisión de Soberanía Alimentaria y Desarrollo del Sector Agropecuario y Pesquero aprobó, con cinco votos afirmativos, el informe para segundo debate del proyecto de Ley Orgánica Reformatoria a Varias Leyes para Garantizar la Circulación Terrestre del Sector Agropecuario y Pesquero, que busca generar opciones de transporte para los pequeños productores agropecuarios y de la pesca, para que puedan trasladar sus productos, así como a sus colaboradores en la vialidad rural.
El proyecto modifica el artículo 58 de la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial sobre la modalidad de transporte por cuenta propia, así como el numeral 7 del artículo 388 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), para exceptuar de la sanción por la contravención de tránsito, relacionada con transportar personas en los baldes, estribos y pisaderas de camionetas a la o el conductor que lleve personas en dichos vehículos en el cumplimiento de actividades agroproductivas y pesqueras.
Previamente, el organismo legislativo escuchó a representantes de la transportación pública del país. Abel Gómez, gerente de la Federación Nacional de Cooperativas de Transporte Público de Pasajeros del Ecuador (FENACOTIP), expresó que el gremio no está en contra de resolver el problema de los pequeños agricultores y ganaderos que no tienen el servicio de transporte, al recordar que la transportación tiene siete modalidades, a las cuales se sumaron el transporte por cuenta propia y el comunitario.
Subrayó que actualmente existe suficiente normativa para permitir las diferentes modalidades de transporte, lo que hace falta -a su criterio- es el Reglamento, en el cual se tiene que especificar cuál es el segmento del servicio de transporte que más se adapte a las necesidades de los pequeños productores, para evitar las extorsiones a las que están sometidos al transitar en las vías.
De su lado, Miguel Bonilla, presidente de la FENACOTIP, reiteró que el problema está en la falta del Reglamento a la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, para determinar las condiciones específicas en las cuales se debe ejercer cada modalidad de transporte y, específicamente, las modalidades por cuenta propia y comunitaria.
Mientras, Quinto Alcívar, representante de los productores rurales, aseguró que en el sector campesino el transporte público solo presta servicio en las vías primarias y no en secundarias y de tercer orden, que son las que utilizan los pequeños productores y es allí donde se requiere la utilización de los vehículos de los propios dueños de las fincas para transportar la carga y a sus colaboradores. Por eso, es necesario que la ley incluya al sector rural entre las modalidades de transporte.
Fuente: Asamblea Nacional